Skip to main content

 

El comprador mas grande de México es el gobierno y aduciendo como finalidad que todos sus proveedores sea íntegros, esta en el proceso de implementar, a través de la Secretaría de la Función Pública, el otorgamiento del DISTINTIVO DE INTEGRIDAD EMPRESARIAL, el cual NO ES OBLIGATORIO por el momento, pero ¿Qué es esto?.

El gobierno federal lo define como “…una iniciativa que busca mejorar la sinergia entre el gobierno y el sector empresarial, así como la participación de la sociedad; promoviendo un sentido de responsabilidad empresarial y anticorrupción. Cuya finalidad consiste en reconocer la transparencia, la ética, la integridad y la rendición de cuentas; y así iniciar una cultura del fomento de la Integridad y buenas prácticas para todas las empresas…”

Hoy nueve de noviembre del 2022 en el diario oficial de la federación (https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5670892&fecha=09/11/2022#gsc.tab=0) se han publicado los LINEAMIENTOS DEL PADRÓN Y DEL DISTINTIVO DE INTEGRIDAD EMPRESARIAL DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, en los cuales se establecen con claridad los requisitos que las empresas deben cumplir para cumplir con este requisito. Si eres una empresa que le vende al gobierno, necesitas tramitar tu distintivo cumpliendo los requisitos siguientes:

  1. Una solicitud en el portal ELETRONICO (https://padron-landing.apps.funcionpublica.gob.mx/) con los siguientes datos.
  2. Razón social;
  3. Registro Federal de Contribuyentes;
  4. Domicilio fiscal y operativo de la empresa;
  5. Datos del representante legal;
  6. Actividad preponderante;
  7. Afiliación a cámaras empresariales;
  8. Número de trabajadores;
  9. Cantidad de contratos celebrados con entidades o dependencias del Gobierno Federal;
  10. Folio del Registro Único de Proveedores y Contratistas, opcional;
  11. Compromiso de promover y difundir la cultura de la integridad y la adopción de buenas prácticas en la materia;
  12. Manifestación del representante legal, bajo protesta de decir verdad, de que la empresa no se encuentra en los supuestos establecidos en los artículos 16 del acuerdo; 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones; y, 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas, así como de que es auténtico el contenido de la solicitud y sus anexos, y
  13. Firma Electrónica.
  14. Documentos anexos siguientes:
  15. Acta constitutiva;
  16. Cédula de Identificación Fiscal;
  17. Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social;
  18. Comprobante de domicilio fiscal;
  19. Identificación oficial del represente legal y el documento que acredite dicha representación;
  20. La relacionada con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, en particular:
    1. Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social vigente, en sentido positivo, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social;
    2. Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria;
    3. Constancia de situación fiscal otorgada por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores vigente, en sentido positivo; y
  21. La que acredite que la empresa cuenta con una política de integridad, específicamente:
    1. Manual de organización y procedimientos;
    2. Código de conducta;
    3. Sistemas de control, vigilancia y auditoría;
    4. Sistemas de denuncia;
    5. Sistemas de entrenamiento y capacitación;
    6. Políticas de recursos humanos tendientes a evitar la incorporación de personas que puedan originar un riesgo a la integridad; y
    7. Sistemas que garanticen la transparencia.

PROCESO DE 40 A 60 DÍAS HABILES PARA RESPONDER

integridad

 

CBJ S.C.
https://www.despachomata.com
55 91838354
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.



ETIQUETAS #DERECHO #CONSTRUCCIÓN #CONTRATOS #RECLAMACIONES # OBRA_PUBLICA #OBRA_PRIVADA